Desde el 16 de septiembre está abierto el plazo para presentar las solicitudes para el aprovechamiento de maderas de pinos secos, por un lado, y de leñas muertas y pinos muertos caídos, por otro. Ambas podéis pedirlas en el Registro del Ayuntamiento o bien descargarlas directamente en la web: www.cercedilla.es , dentro del apartado “Servicios Municipales”, en la sección “Medio Ambiente”.

Hay algunas novedades y puntos clave a tener en cuenta.

En el caso del aprovechamiento de maderas de pinos secos:

-El/la empadronado/a debe completar la Solicitud, firmar la Declaración Responsable, leer las Condiciones y presentarla en el Registro del Ayuntamiento.

-Se establecen dos periodos al año para la presentar las solicitudes: del 16 de septiembre al 31 de octubre de 2015 y del 01 al 31 de enero de 2016.

-Número de pinos a cortar: 3 pinos si en la unidad familiar hay un solo empadronado y 5 pinos si en la unidad familiar hay dos o más empadronados. Los Agentes Forestales se encargarán de marcar los pinos y de proporcionar el Permiso de circulación para vehículos, si fuera necesario.

-Periodo hábil para realizar la corta: del 1 de noviembre al 15 de mayo (peligro bajo de incendios forestales). El Ayuntamiento comunicará a los solicitantes que pueden realizar la corta según el orden con el que las solicitudes han entrado en el Registro. Desde la notificación dispondrán de 2 meses para ejecutar el aprovechamiento. Si fuera necesario usar vehículo para realizar la corta, es necesario obtener el Permiso de circulación por pistas forestales, solicitándolo a los Agentes Forestales.

-En caso de necesitar llaves de acceso debe hacerlo constar en la solicitud y, una vez que se disponga de Permiso de circulación, presentarla en la 2ª planta del Ayuntamiento para proceder a su préstamo por el periodo autorizado.

-La realización del aprovechamiento comprende exclusivamente la corta de pinos secos marcados previamente y la recogida de sus leñas y maderas, y por las pistas forestales que conducen al paraje autorizado en el permiso. Su finalidad es el autoconsumo.

-Finalizada la corta el adjudicatario debe comunicarlo a la Oficina de Agentes Forestales.

En el caso del aprovechamiento de leñas muertas y pinos muertos caídos:

-El/la empadronado/a debe completar la Solicitud, firmar la Declaración Responsable, leer las Condiciones y presentarla en el Registro del Ayuntamiento. Desde entonces entrará en la lista de espera que se tramitará según se vayan designando con los aprovechamientos.

-Periodo de solicitud: durante todo el año.

-Cada empadronado/a puede solicitar una máximo de dos recogidas anuales por vehículo. Las zonas para hacerlo serán las que anualmente designen los servicios técnicos de la PRCAM y del Parque Nacional. La autorización para el aprovechamiento será comunicada a los adjudicatarios correspondientes según el orden de lista que consta en el Ayuntamiento.

-Periodo y días hábiles: del 1 de noviembre al 15 de mayo, durante los Lunes, Martes, Miércoles y Viernes, siempre que sean días hábiles. (Se excluyen el Jueves por ser día de caza y los fines de semana por afluencia de visitantes).

-Permiso de circulación: durante 15 días desde la notificación, no prorrogables.

-La realización del aprovechamiento comprende exclusivamente la recogida de leñas muertas del suelo y la retirada de árboles muertos caídos, por las pistas forestales que conducen al paraje autorizado en el permiso. Su finalidad es el autoconsumo.